domingo, 18 de mayo de 2014

Elecciones Europeas 2014

El próximo dominto 25 de Mayo se celebran elecciones al Parlamento Europeo.

De acuerdo con el Decreto 90/2014, los permisos para ejercer el voto para los trabajadores que el mencionado día no tengan descanso son los siguientes:

Electores y Electoras :

Cuando la jornada laboral del personal comprendida en el Art.1 coincida, total o parcialmente, con el horario de apertura de los Colegios Electorales, éste tendrá derecho a permiso retribuido, dentro de su jornada, en los supuestos y en las condiciones siguientes:

  • A) Si la coincidencia es superior a seis horas, permiso retribuido de cuatro horas.
  • B)  Si la coincidencia es superior a cuatro horas pero no excede de seis horas, permiso retribuido de tres horas.
  • C) Si la coincidencia es de dos a cuatro horas, permiso retribuido de dos horas.
  • D) Si la coincidencia es menor de dos horas, no se tendrá derecho a permiso

Miembros de la Mesa Electoral:

    Tendrán derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si no disfrutan dicho día de descanso, y a una reducción de cinco horas en su jornada de trabajo del día 26 de Mayo de 2014, siempre que justifiquen su actuación como tales.

   Si alguna de las personas miembros de Mesa Electoral hubiera de trabajar en turno de noche en la fecha inmediatamente anterior al día de la votación, el responsable de personal del Centro de Trabajo, Servicio o Unidad administrativa en que preste sus servicios vendrá obligado a cambiarle el turno con el fin de que pueda descansar esa noche.

Apoderados y Apoderadas:

Los Apoderados y Apoderadas, si el día de la votación fuera laboral para los mismos, tendrán derecho, asimismo, a un permiso retribuído de jornada completa durante el día de la votación, si no disfrutan en tal fecha de descanso.

Un saludo portillero.


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